Para votar en Florida, debe registrarse al menos 29 días antes del día de las elecciones. Si tiene una licencia de conducir de Florida o una tarjeta de identificación de Florida, puede registrarse en línea en RegisterToVoteFlorida.gov.

Una vez que esté registrado, hay 3 maneras diferentes de emitir su voto: (1) en persona el día de las elecciones, (2) en persona en la votación anticipada o (3) votar por correo. ¡Sigue leyendo para obtener más información sobre cada una de estas formas de votar y más sobre tus derechos de voto!

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Votar en persona el día de las elecciones

  • Los lugares de votación están abiertas de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. Si está en la fila antes de las 7:00 pm, tiene derecho a votar.
  • Debe votar en el Precinto/Lugar de Votación correcto para su residencia actual. Puedes buscar tu distrito aquí.
  • Debe presentar una identificación válida (no vencida) con foto y firma. Puede usar una identificación para la foto y otra identificación para la firma, si es necesario. Si está utilizando una identificación que tiene una dirección, tenga en cuenta que la dirección en la identificación no necesita coincidir con la dirección en su registro de votante.
  • Hay 12 formas aceptables de identificación de votante en Florida:
    • Licencia de conducir de Florida
    • Tarjeta de identificación de Florida emitida por el Departamento de Vehículos Motorizados
    • Pasaporte de los Estados Unidos
    • Tarjeta de débito o crédito
    • Identificación militar
    • Identificación del estudiante
    • Identificación del centro de retiro
    • Identificación de la asociación de vecinos
    • Identificación de asistencia pública
    • Tarjeta de identificación de salud para veteranos del Departamento de Asuntos de Veteranos
    • Licencia para portar un arma oculta o un arma de fuego emitida de conformidad con la sección 790.06
    • Tarjeta de identificación de empleado emitida por una oficina o agencia gubernamental

Si recientemente se mudó a Florida, puede votar en el lugar de votación para su NUEVA residencia. Puede cambiar su dirección en cualquier momento llamando a la oficina del Supervisor de Elecciones de su condado. En la mayoría de los casos, incluso puede cambiar su dirección en las urnas el día de las elecciones si es necesario.

Votación anticipada (en persona)

  • Las fechas, horarios y lugares de votación anticipada varían según el condado y la elección. Puede encontrar la información de votación anticipada para su condado en el sitio web del Supervisor de Elecciones.
  • Todos los condados tienen votación anticipada (incluidas las opciones de sábado y domingo) para las elecciones que incluyen carreras estatales o federales. Sin embargo, muchas áreas no ofrecen votación anticipada para las elecciones municipales o del condado.
  • Durante la votación anticipada, los votantes pueden ir a CUALQUIER lugar de votación anticipada en el condado donde viven. Esto hace que la votación anticipada sea una excelente opción si se mudó recientemente.
  • Los requisitos de identificación para la votación anticipada son los mismos que para votar en persona el día de las elecciones.

Votación por correo

Cualquier votante registrado en Florida puede optar por votar por correo. No se necesita ninguna excusa, pero sí debe enviar una solicitud de papeleta de voto por correo. Si solicita una papeleta de voto por correo, aún puede decidir votar en persona en la Votación Anticipada o el Día de las Elecciones si lo prefiere.

Solicitar una papeleta de voto por correo (VBM):

  • Se requieren nuevas solicitudes de voto por correo después de cada elección de mitad de período y presidencial (cada ciclo de elecciones generales).  
  • Se puede solicitar una papeleta VBM a la oficina del Supervisor de Elecciones de su condado mediante:
    • Presentar una solicitud en línea en el sitio web de Supervisores de Elecciones
    • Llamar a la oficina del Supervisor de Elecciones y solicitar por teléfono
    • Enviar una solicitud por escrito al Supervisor de Elecciones por correo o correo electrónico
    • Solicitar en persona en una de las oficinas del Supervisor de Elecciones del condado
  • Deberá proporcionar la siguiente información en su solicitud:
    1. Nombre
    2. domicilio permanente/dirección de residencia
    3. Dirección donde desea que se envíe la papeleta por correo (si es diferente de su residencia)
    4. Fecha de nacimiento
    5. Licencia de conducir de Florida o número de tarjeta de identificación de Florida y / o los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social
    6. Si envía una solicitud por escrito, incluya también su firma
  • Las papeletas no se reenvían, por lo que es importante enviarlas a una dirección donde actualmente pueda recibir correo.
  • Los votantes con discapacidades pueden solicitar un voto accesible por correo  para recibir una papeleta por correo que puede completar con su tecnología de asistencia preferida.
  • Debe solicitar su papeleta de voto por correo antes de las 5:00 p.m. del día 12 antes del Día de las Elecciones si desea que se le envíe la papeleta por correo. Si no cumple con esta fecha límite, aún puede solicitar una papeleta VBM, pero deberá ir a recogerla a una de las oficinas del Supervisor de Elecciones de su condado y es posible que se requiera una declaración jurada de emergencia (le recomendamos que llame con anticipación si necesita hacer esto).

Votar una papeleta de voto por correo:

  • Recibirá su papeleta aproximadamente un mes antes del Día de las Elecciones (o unos días después de que la solicite, si la solicita menos de un mes antes del Día de las Elecciones). Puede rastrear su papeleta en línea para ver cuándo se le envió por correo.
  • Lea los materiales que vienen con su papeleta y siga todas las instrucciones.
  • ¡Debe firmar el sobre de devolución de la papeleta por correo! Le recomendamos que también incluya su número de teléfono y / o correo electrónico en el sobre para que el Supervisor de Elecciones pueda comunicarse con usted si hay un problema.
  • ¡Debe devolver su papeleta por correo antes de las 7:00 pm el día de las elecciones!
    • Envíelo por correo: Recomendamos enviarlo por correo al menos 10 días antes del día de las elecciones para que llegue a tiempo. Una fecha de matasellos no es suficiente.
    • Déjalo:
      • En cualquier oficina del Supervisor de Elecciones en el condado durante el horario de apertura (incluso el día de las elecciones de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.).
      • En una estación de admisión de papeletas seguras en su condado. Estos están ubicados en todos los lugares de votación anticipada durante las horas de votación anticipada (algunos condados también tienen ubicaciones adicionales).
    • Haga que alguien más lo deje por usted: Los votantes pueden dejar las papeletas para los miembros de la familia inmediata y 2 personas adicionales por elección. La familia inmediata incluye cónyuge, padre, hijo, abuelo, nieto, hermano, padre del cónyuge, hijo del cónyuge, abuelo del cónyuge, nieto del cónyuge o hermano del cónyuge.
    • Nota: No puede dejar las papeletas de voto por correo en su lugar de votación regular el día de las elecciones, pero puede cambiarlas y votar en persona.
  • Puede rastrear su papeleta para asegurarse de que fue recibida, ya sea a través de la herramienta de seguimiento en línea o llamando a su oficina de Supervisor de Elecciones.
  • Si hay un problema con su firma en su sobre de papeleta, tiene hasta las 5 p.m. del segundo día después del Día de las Elecciones para presentar la documentación para corregir su firma.

Si solicita una papeleta de voto por correo pero no la recibe, puede comunicarse con la oficina del Supervisor de Elecciones de su condado para un reemplazo o puede votar en persona en Votación Anticipada o en su precinto el Día de las Elecciones.

Si solicitó una papeleta de voto por correo pero desea o necesita votar en persona el día de las elecciones o durante la votación anticipada, puede hacerlo. Lleve su papeleta de voto por correo a su lugar de votación y entregue al trabajador electoral. Cancelarán su papeleta de voto por correo y le darán una papeleta en persona. Si no tiene su papeleta de voto por correo, dígaselo a los trabajadores electorales. Verificarán su información en el sistema y si el sistema confirma que aún no ha enviado una papeleta de voto por correo, le darán una papeleta en persona para que pueda votar en el lugar de votación.  Si su estado no puede ser confirmado, se le dará la oportunidad de votar una papeleta provisional.

Derechos de voto adicionales

Acceso lingüístico

  • Los votantes que no hablan inglés o que no leen ni escriben tienen derecho a recibir asistencia de cualquier persona que el votante elija, siempre y cuando no sea su empleador o representante sindical. Esto se aplica a la votación en persona y la votación por correo.
  • Todos los condados de Florida deben proporcionar papeletas en español.
  • Muchos condados están obligados por ley a proporcionar también materiales de votación e información en español (y Miami-Dade está obligado a proporcionar tanto en español como en criollo haitiano).

Acceso para discapacitados

  • Los votantes con discapacidades tienen derecho a recibir asistencia de cualquier persona que el votante elija, siempre y cuando no sea su empleador o representante sindical. Esto se aplica a la votación en persona y la votación por correo.
  • Los votantes con discapacidades tienen derecho a votar en privado e independientemente en un dispositivo de señalización accesible en las urnas. Se requiere que cada lugar de votación tenga un sistema de votación accesible el día de las elecciones y durante la votación anticipada.
  • Los votantes con discapacidades tienen derecho  al voto accesible por correo, lo que permite a las personas ciegas o con dificultades para acceder al texto impreso marcar una papeleta secreta, independiente y verificable de voto por correo usando una computadora. Comuníquese con la oficina del Supervisor de Elecciones para solicitar un voto remoto accesible por correo.
  • Línea directa de Disability Rights Florida: 877-352-7337

Ciudadanos que regresan

  • Les ciudadanos que regresan pueden registrarse y votar en Florida si cumplen con los siguientes criterios:
    • Condenado por un delito que no sea asesinato o delitos sexuales
    • Haber completado su sentencia completa (incluyendo cárcel o prisión, libertad condicional, libertad condicional y otras formas de supervisión)
    • No hay obligaciones financieras pendientes (honorarios, multas, costos o restitución) que formaban parte de su sentencia
  • Campaign Legal Center tiene una herramienta interactiva en línea en campaignlegal.org/recuperesuvoto que  permite a les ciudadanos que regresan evaluar su elegibilidad respondiendo una serie de preguntas simples.

Votantes militares y ciudadanos en el extranjero

  • Los militares y ciudadanos en el extranjero pueden consultar el sitio de la División de Elecciones para obtener más información sobre sus opciones de votación: https://dos.myflorida.com/elections/for-voters/voting/military-and-overseas-citizens-voting/
  • Programa Federal de Asistencia para Votar (FVAP): https://www.fvap.gov/

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