Presione soltar
Aviso a los medios de comunicación de la línea directa de protección electoral
Aviso de prensa
Para: Medios de comunicación de Nuevo México
De: Causa Común Nuevo México
Fecha: 12 de octubre de 2020
Contacto: Heather Ferguson 505-980-9086
Re: Preguntas sobre la votación
Con un número sin precedentes de votos en ausencia ya emitidos y nuevos procedimientos planificados para los lugares de votación en todo el estado, Common Cause está respondiendo muchas preguntas específicas en esta temporada electoral.
Para responder a estas preguntas y resolver cualquier problema durante el período de votación, Common Cause se está asociando con la ACLU de NM para operar una línea directa no partidista para el público. Los votantes pueden llamar al 1-866-OUR VOT 866-687-8683 o para hispanohablantes 1-888-VE-Y-VOTA para obtener respuestas a estas preguntas o ayuda.
A continuación se presentan las preguntas y respuestas más comunes para obtener ayuda en sus anuncios de servicio público y cobertura electoral:
Voto en ausencia
¿Cómo y cuándo solicito mi voto en ausencia?
Puede solicitar una solicitud en línea en: https://portal.sos.state.nm.us/OVR/WebPages/AbsenteeApplication.aspx o si ya le han enviado una solicitud por correo, devolviéndola por correo al secretario de su condado. El secretario de su condado debe recibir Su solicitud de voto en ausencia de Nuevo México firmada para el 20 de octubre.
¿Cómo completo mi boleta de voto en ausencia?
Sigue las instrucciones exactamente. Complete el anverso y el reverso de su boleta. Inserte su boleta en el sobre interior más pequeño. Coloque el sobre interior en el sobre de devolución. Asegúrese de firmar el sobre y agregar los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social. Nadie debe firmar su boleta ni su sobre por usted.
¿Cuáles son las formas en que puedo devolver mi boleta de voto en ausencia?
Por correo: El SOS de Nuevo México sugiere enviar su boleta por correo antes del 27 de octubre para asegurarse de que se reciba a tiempo para que sea contabilizada. No es necesario enviarla por correo postal. ¡Cuanto antes, mejor!
En persona: Puede entregar personalmente su boleta incluido en su sobre de envío oficial a la oficina del secretario de su condado o anexo: consulte los horarios y las ubicaciones por condado. También puede entregar su boleta en cualquier lugar de votación el día de la elección y durante la votación anticipada. En varios condados, habrá buzones fuera de los lugares de votación y/o filas separadas para quienes devuelvan las boletas de voto en ausencia. Consulte con la oficina del secretario de su condado para conocer las ubicaciones específicas. En el condado de Bernalillo, el 3 de noviembre, habrá una estación de autoservicio atendida por personal electoral fuera del Ayuntamiento a las 5El y Marquette.
¿Puede otra persona devolver mi boleta por mí?
Sí. Su cuidador o un miembro de su familia inmediata puede entregar su boleta de voto en ausencia al secretario del condado en persona o por correo.
¿Cuáles son los plazos para devolver una boleta de voto en ausencia?
Su voto en ausencia Debe ser recibido por el secretario del condado antes de las 7:00 p. m. del día de la elección. Después del 23 de octubre, el Secretario de Estado de Nuevo México sugiere entregar personalmente su boleta en un sitio de votación anticipada o en la oficina del secretario en lugar de enviarla por correo para garantizar que su boleta se reciba a tiempo.
¿Cómo puedo verificar el estado de mi boleta?
Si no ha recibido una boleta de voto en ausencia, a pesar de que la solicitó, o desea verificar si el Secretario del Condado ha recibido su boleta después de haberla enviado por correo, puede ingresar su información de registro en: https://voterportal.servis.sos.state.nm.us/WhereToVote.aspx?tab=AbsenteeTracker Para realizar un seguimiento del estado de su voto. Este año, se han añadido códigos de barras inteligentes a todas las papeletas de voto en ausencia para permitir este proceso de seguimiento.
¿Qué pasa si nunca recibí mi boleta de voto en ausencia o mi boleta no es recibida por el Secretario del Condado?
Llame al secretario del condado para solicitar una boleta de reemplazo o, si es demasiado tarde para recibirla por correo, vaya a un lugar de votación anticipada para solicitar una boleta de reemplazo. Deberá firmar una declaración jurada en la que indique que no recibió ni utilizó su boleta de voto en ausencia original.
¿Qué pasa si rompo, tiro, estropeo o pierdo mi boleta de voto en ausencia?
Comuníquese con el secretario del condado local para obtener una boleta de reemplazo. Deberá firmar una declaración jurada. Votar intencionalmente dos veces (una vez en ausencia y otra en el lugar de votación) es un delito grave.El Delito grave de grado 1. Afortunadamente, existen mecanismos automatizados para descartar cualquier segunda votación emitida por error.
¿Qué pasa si olvidé firmar mi boleta de voto en ausencia o agregar los últimos cuatro dígitos de mi número de seguro social, como se requiere?
En un plazo de 24 horas, El Secretario del Condado le notificará por teléfono, correo electrónico o carta certificada para que pueda “corregir” su boleta y pueda ser contada. Siga las instrucciones que le dé el Secretario, que serán presentarse en la oficina del Secretario, anexo o almacén donde podrá firmar la boleta. Una vez que solucione el problema, su voto se contará incluso si corrige su error poco después de la fecha límite del 3 de noviembre.
Votación anticipada y el día de las elecciones
¿Es necesaria una identificación con fotografía?
No, los votantes simplemente indican su nombre, dirección y fecha de nacimiento y firman la lista en una pequeña máquina en el mostrador de inscripción. Solo hay una excepción: si se registró por correo y no proporcionó una identificación en ese momento. En ese caso, debe mostrar una identificación. La identificación puede incluir (1) una identificación con fotografía actual y válida; o (2) una factura de servicios públicos actual, un extracto bancario, un cheque del gobierno, un cheque de pago, una tarjeta de identificación de estudiante u otro documento gubernamental, incluida una identificación emitida por una nación, tribu o pueblo indígena que muestre su nombre y dirección actual.
¿Cómo puedo saber dónde están ubicados los lugares de votación?
Puede buscar su lugar de votación en línea: https://voterportal.servis.sos.state.nm.us/WhereToVote.aspx
Los periódicos locales suelen enumerar los lugares de votación.
¿Puedo votar anticipadamente??
Sí. Todos los votantes registrados pueden votar de manera anticipada. La votación comenzó en la oficina del secretario del condado local o en su anexo el martes 6 de octubre y continúa hasta el 31 de octubre. Consulte la oficina del secretario del condado para confirmar los horarios y las ubicaciones. Más lugares de votación anticipada abrirán el 16 de octubre (de 7 a. m. a 7 p. m.) en todos los condados y permanecerán abiertos hasta el 31 de octubre. Visite el sitio web del secretario del condado para conocer las ubicaciones exactas o utilice el enlace anterior.
¿Qué precauciones de seguridad se están tomando en los lugares de votación?
Los trabajadores electorales tendrán equipo de protección, que incluye mascarillas y protectores faciales. Los centros de votación y el equipo se desinfectarán periódicamente. Los votantes deben estar a seis pies de distancia entre sí cuando estén en fila. Se proporcionarán mascarillas y se recomienda su uso; sin embargo, no se expulsará a quienes no las lleven.
Registro
¿Puedo todavía registrarme para votar?
La fecha límite para el registro de votantes en línea ya pasó, sin embargo, aún puede registrarse en la oficina del Secretario del Condado o en los lugares de votación anticipada del 16 al 31 de octubre.
¿Puedo registrarme para votar y votar el mismo día?
Aunque los votantes aún no pueden registrarse y votar el día de las elecciones, el 3 de noviembre, pueden hacerlo durante el período de votación anticipada (del 16 al 31 de octubre) en la oficina del secretario o en los anexos o en los lugares designados para la votación anticipada, y luego votar el mismo día. Para averiguar qué lugares están registrando votantes, comuníquese con el secretario de su condado.
Procedimientos en los lugares de votación
¿Qué pasa si voy al lugar de votación y me dicen que no estoy en el padrón?
Si se ha mudado y no ha podido cambiar su registro, o ha cometido un error y no está en el padrón, se le debe entregar una boleta provisional.
¿Cuentan los votos provisionales?
Sí. Una vez que el secretario del condado verifique que usted está calificado para votar, su voto se contará dentro de los diez días posteriores a la elección. Si desea ver el recuento de su voto, puede comunicarse con el secretario del condado..
¿Cómo sé que puedo emitir mi voto sin interferencias?
El derecho a emitir su voto es un derecho sagrado de los estadounidenses. El Código Electoral de Nuevo México prohíbe hacer campaña electoral a menos de 100 pies de un lugar de votación. La intimidación de los votantes y la obstrucción son delitos. No se permite que la policía entre a los lugares de votación a menos que los funcionarios del distrito los llamen para resolver disputas. Sin embargo, según la ley de Nuevo México, se pueden llevar armas, ocultas o no, a los lugares de votación.
¿Qué hago si me intimidan o me disuaden de votar?
Todo votante elegible tiene derecho a votar en persona de forma segura, sin miedo ni intimidación.Si usted o alguien que conoce sufre intimidación como votante durante estas elecciones, llame a la línea directa no partidista de protección electoral al 866-OUR-VOTE.
¿Qué pasa si mi voto es impugnado por un impugnador electoral?
El Código Electoral de Nuevo México permite que cada partido político designe observadores electorales y opositores para cada lugar de votación. Si están debidamente registrados ante el secretario del condado, pueden observar quién vota.
En la mayoría de los casos, los observadores electorales están relacionados con las iniciativas de un partido político para movilizar a la gente para votar y simplemente llaman a sus oficinas centrales para indicar quiénes de sus partidarios conocidos han votado (o no). Estos observadores deben vivir en el condado y no deben interactuar directamente con los votantes dentro de un lugar de votación.
Sin embargo, también existen los impugnadores de votos afiliados a un partido. También se encuentran estacionados dentro de un lugar de votación y pueden impugnar el derecho de un individuo a votar ante el juez de distrito, si, por ejemplo, el votante no aparece en el padrón electoral. Se le puede pedir a ese votante que emita un voto provisional y el padrón electoral indicará que su voto fue impugnado. Los funcionarios del distrito tienen una metodología para resolver estas impugnaciones. Sin embargo, se debe notificar a la línea directa para votantes cuando surjan estos problemas.